Costa Rica

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¿Cómo incorpora Costa Rica la movilidad humana en el contexto de desastres
en sus leyes, políticas y otros marcos operativos?
1. Incorporación de la población migrante en la legislación, reglamentos y políticas en materia de gestión de riesgo de desastres:
La Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030 incorpora una referencia explícita sobre la migración en tránsito en el eje Nº2, lineamiento 9: ‘...Mejora continua de la coordinación para la respuesta: el Subsistema de Preparativos y Respuesta debe actualizar los protocolos y procedimientos de manera regular, contemplando las necesidades diferentes de los grupos de población; por ejemplo, de niños, adolescentes, adultos mayores, hombres y mujeres, grupos étnicos, personas con discapacidad y migrantes, así como la protección de los animales, bajo criterios de solidaridad, los enfoques de derechos humanos y de género’[1]
En su Eje 1: Generación de resiliencia e inclusión social, la Política indica que ‘...En Costa Rica la pobreza y la pobreza extrema, unidas a otras formas de diferenciación social, tales como la condición de género, la condición etaria de los grupos extremos de menor y mayor edad, la discapacidad, la identidad étnica y la situación migratoria, con diferencias además en los ámbitos urbano y rural, constituyen factores de exclusión que propician la condición de vulnerabilidad ante desastres para un sector importante de la población...’ [2].
El Plan Nacional de Gestión del Riesgo 2021-2025 (II quinquenio) indica la realización de dos estudios anuales sobre la situación de riesgo en que se encuentran la población migrante extracontinental en condición irregular en el país[3].
[1] Decreto Ejecutivo Nº34361 ‘Reglamento a la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo’, 2007.
[2] CNE (2015). Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030. San Jose: Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias; p.42, basada en el Decreto Ejecutivo Nº 39322-MP-MINAE-MIVAH, ‘Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030’, 2015.
[3] CNE (2015). Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030. San Jose: Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias; p.109, basada en el Decreto Ejecutivo Nº 39322-MP-MINAE-MIVAH, ‘Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030’, 2015.
2. Incorporación de poblaciones migrantes en las estructuras, planes, protocolos, manuales o directrices de preparación y respuesta a emergencias y desastres a nivel subnacional/local (provincial, departamental o municipal):
Se registra en Costa Rica la inclusión de la temática migratoria dentro de algunos de los principales documentos operativos como planes, manuales y protocolos sobre preparación y respuesta ante desastres. Tal es el caso del Plan Nacional de gestión del Riesgo 2016-2020, en el cual se integra la creación de un ‘...procedimiento para la atención de la población migrante, desplazada por situaciones de desastre o conflictos político, redactado y operando y debidamente divulgado...’[1] dentro del ámbito de gestión de preparativos y respuesta.
El Manual de formación en gestión comunitaria del riesgo por tsunami, editado en el año 2020 por la Universidad Nacional de Costa Rica (UNA), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), contiene un apartado específico sobre personas migrantes en situaciones o contextos de emergencia, en el cual se especifican algunas de las vulnerabilidades particulares que enfrentan estas poblaciones, así como las condicionantes sociales, económicas, políticas y culturales que les afectan en dichos contextos[2].
Por otro lado, en la Guía Rápida para Elaborar Planes de Preparativos y Respuesta ante Emergencias por Tsunamis para Hoteles y Cabinas[3] se indica que para elaborar planes de preparativos y respuesta ante emergencias por Tsunamis en los hoteles, es necesario que se ‘...determine el número de personas que usualmente ocupan las edificaciones, como trabajadores, personal subcontratado y huéspedes; tomando en cuenta las características de estas personas. Se debe indicar el tipo de público meta del hotel (familias con niños pequeños, pensionados, sólo adultos, nacionales, extranjeros, etc.).
Asimismo, la Guía para el manejo de albergues temporales en edificaciones preestablecidas indica que el ‘término personas en situación de vulnerabilidad, engloba las personas en condición de discapacidad, adultas mayores, embarazadas, menores de edad, indígenas, migrantes y con enfermedades crónicas’[4]. Inclusive, como parte de esta Guía, la ‘Ficha de registro para familias en Albergue Temporal’ y la ‘Ficha Resumen de las Familias en Albergue Temporal’ incluyen una casilla denominada ‘PM’ que significa ‘persona migrante[5]’, lo cual contribuye al levantamiento de necesidades e información certera a los efectos del registro óptimo de las personas albergadas.
Es importante indicar que en el subsistema de preparativos y respuesta conducido por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) se supeditan comités de emergencia regionales, municipales y comunales, así como también en instituciones del Estado costarricense, entre ellas, la Dirección General de Migración y Extranjería[6].
[1] CNE. Plan Nacional de gestión del Riesgo 2016-2020, p. 39
[2] UNA-OIM-CNE. Manual de formación en gestión comunitaria del riesgo por tsunami. San José, p.30-31.
[3] Complemento a la norma CNE-NA-INT-DN-01, p.16.
[4] CNE (noviembre de 2019). Guía para el manejo de albergues temporales en edificaciones preestablecidas, p.9.
[5] Ibíd., p.35 y 39.
[6] OIM (2019). La población migrante en la reducción de riesgo y atención de emergencias en américa central. San José: Organización Internacional para las Migraciones, p.35.
3. Integración de consideraciones sobre los impactos adversos del cambio climático y/o su relación con la migración y el desplazamiento de personas en políticas, estrategias, planes y otras políticas públicas relevantes sobre cambio climático a nivel nacional:
La Política Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2018-2030 oficializada en el año 2018[1] indica dentro de las principales afectaciones sectoriales ante los efectos adversos del cambio climático que ‘podrían emerger nuevas enfermedades o reemerger patologías ya controladas, como la malaria o el mal de Chagas, debido a la migración de poblaciones humanas’[2]; además, indica que ‘el cambio climático también afectará a poblaciones que se verán obligadas a desplazarse en el interior del país, o a migrar fuera de este, con consecuencias en materia de derecho humanitario’[3].
[1] Decreto Ejecutivo N° 41091-MINAE ‘Política Nacional de Adaptación al Cambio Climático’.
[2] Gobierno de la República de Costa Rica (2018). Política Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2018-2030. San José: autor; p.28.
[3] Ibíd., p.58.
4. Integración de consideraciones sobre el abordaje y los impactos de los desastres de origen natural (repentinos) en el desplazamiento de personas en políticas, estrategias, planes y otras disposiciones relevantes en materia de gestión y reducción del riesgo de desastres a nivel nacional:
La Ley Nº8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo establece como parte de la fase de respuesta ‘las medidas urgentes de primer impacto orientadas a salvaguardar la vida, la infraestructura de los servicios públicos vitales, la producción de bienes y servicios vitales, la propiedad y el ambiente, mediante acciones de alerta, alarma, información pública, evacuación y reubicación temporal de personas y animales hacia sitios seguros’[1].
Por su parte, el Plan Nacional de gestión del Riesgo 2016-2020 dispone la creación de un ‘...procedimiento para la atención de la población migrante, desplazada por situaciones de desastre o conflictos político, redactado y operando y debidamente divulgado...’[2]. Este procedimiento se establece como parte del ámbito de gestión de preparativos y respuesta.
En el plano operativo, algunos manuales y guías del sistema nacional de gestión de riesgo de desastres contienen diversas especificaciones sobre medidas de evacuación (señalización, procedimientos, rutas, entre otros) como parte de los preparativos y respuesta a desastres, entre estos, el Manual de formación en gestión comunitaria del riesgo por tsunami del año 2020[3] y la Guía Rápida para Elaborar Planes de Preparativos y Respuesta ante Emergencias por Tsunamis para Hoteles y Cabinas[4]
[1] Asamblea Legislativa, Ley Nº8488 ‘Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, 1999, artículo 30 inciso a).
[2] CNE. Plan Nacional de gestión del Riesgo 2016-2020. San José: CNE, p. 39.
[3] UNA-OIM-CNE. Manual de formación en gestión comunitaria del riesgo por tsunami. San José: UNA-OIM-CNE.
[4] CNE-UNA (2020). Guía Rápida para Elaborar Planes de Preparativos y Respuesta ante Emergencias por Tsunamis para Hoteles y Cabinas. Complemento a la norma CNE-NA-INT-DN-01. San José.
